Las tres causales: Antesala de un Genosidio Silente

El Código Penal de la República Dominicana prevé penas de dos años de prisión para mujeres y niñas que se induzcan abortos, y de hasta 20 años para los profesionales de la salud que los practiquen. por más de dos décadas, en el poder legislativo se ha debatido la posibilidad de la modificación de este codigo en aras de introducir en la pieza legislativa el espinoso tema sustentándolo en tres causales: 1. Que el embarazo sea producto de una violación o incesto . En este acápite entra en juego dos vertientes: primero, la figura jurídica del abuso sexual que no discrimina si la víctima es niño o un adulto y segundo la palabra incesto que se refiere sobre todo al intercambio sexual entre parientes (sean biológicos o adoptivos). 2. Cuando el embarazo pone en peligro la vida o la salud de la madre. Especialistas de la salud hacen referencia a un embarazo de alto riesgo, cuando existen factores médicos, ginecológicos o sociales que aumenten las posibilidades de mortal...